La categoría del Suelo de Conservación de la Ciudad de México tiene sus antecedentes en 1987, donde se consideraba como área de “Protección Natural”. En 1996, de acuerdo con el Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, se transformó la categoría como Suelo de Conservación. El Suelo de Conservación 1996 cuenta con una extensión de 85,554 ha, ubicadas en ocho delegaciones conforme a la distribución siguiente: Álvaro Obregón (2,268 ha), Cuajimalpa (6,473 ha), Iztapalapa (852 ha), La Magdalena Contreras (4,397 ha), Milpa Alta (28,375 ha), Tláhuac (7,351 ha), Tlalpan (25,426 ha), y Xochimilco (10,012 ha). Posteriormente, con base en una modificación al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la delegación Gustavo A. Madero, se adicionaron 1,220 ha consideradas como Suelo de Conservación (Figura 1).
Figura 1. Zonificación primaria del Distrito Federal 1996
Fuente: Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal 2001
En este territorio, el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal 2000-2003 surtió efecto por disposición de la Ley Ambiental del Distrito Federal, destacando su importancia en términos de los recursos naturales en tres principales consideraciones: a) ambiental, por representar prácticamente la sobrevivencia de la población que habita el Distrito Federal y la Zona Metropolitana, ya que contiene elementos básicos para el mantenimiento del ciclo del agua y otros no menos importantes como lo son los biogeoquímicos, la estabilización de los suelos, la captura del CO2 (gas que en cantidades que exceden lo normal han provocado el calentamiento global del planeta), así como la retención de partículas de polvo producto de la contaminación y de incendios forestales; b) biológica, por tener registrada una de las riquezas de especies más relevantes del país y de especies representativas por su endemismo (especies que se distribuyen solamente en estos sitios); c) socioeconómica, al contar con importantes extensiones que son fuente de productos de subsistencia utilizados por la población que habita la zona rural del D.F. y constituyen la base del desarrollo de los diferentes pueblos, ejidos y comunidades; asimismo, han sido el suministro de materias primas para la industria de la transformación, así como constituir sitios con aptitud para el turismo y recreación.
Actualmente, y derivado de la publicación de la Constitución de la Ciudad de México, se establece que el territorio se clasificará en: urbano, rural y de conservación, por lo que en este apartado se detalla la propuesta de zonificación primaria para el nuevo programa de ordenamiento territorial.
Zona de conservación
La zona de conservación se compone de 54,286 hectáreas que se encuentra predominantemente compuesta de los diferentes tipos de vegetación existentes en el Suelo de Conservación y los instrumentos de política pública ambientales, tanto en el ámbito urbano como del suelo de conservación, como son las áreas Naturales Protegidas de corte federal y local, las áreas de valor ambiental, como son las barrancas y bosques urbanos, además de los instrumentos de orden comunitario, como son las reservas ecológicas comunitarias y las áreas de conservación comunitaria ecológica.
Estás áreas se componen de 11 categorías de vegetación: Bosques de Encino, Bosques Mixtos, Bosques de Oyamel, Bosques de Pino, y sus respectivos estadios de vegetación secundaria, así como humedales, matorrales y pastizales de alta montaña.
A su vez, refleja la unión de las áreas de actuación territorial de forestal de protección, forestal de conservación y de instrumentos de política pública ambiental antes mencionados.
Cabe resaltar que las áreas destinadas a la conservación en el ámbito urbano, como instrumentos ya establecidos (áreas de valor ambiental), se identifican como potenciales transiciones a Zona de Conservación en la propuesta actual de zonificación primaria.
Zona Rural
La zona rural se compone de 29,302 hectáreas que se encuentra predominantemente compuesta de diferentes tipos de sistemas productivos, donde destaca la producción de avena, maíz, papa, hortalizas, frutales, ornamentales, frijol, nopal, así como la presencia de ganadería asociada a borregos y vacas.
A su vez refleja la unión de las áreas de gestión territorial de producción agroecológica y de suelo en condición de restauración.
Zona Urbana
La zona urbana se componen 65,749 hectáreas que se encuentra predominantemente compuesta de los diferentes tipos de asentamientos humanos, asociados a la mancha urbana de la Ciudad de México, así como a los pueblos originarios.
Hacía una zonificación primaria 2035
En caso de implementarse las acciones y políticas públicas recomendadas en las Líneas Estratégicas dentro del Programa General de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México 2035, en convergencia con los programas actuales de gobierno por parte de la SEDEMA como el Plan de Infraestructura Verde, el Reto Verde, Altepetl y Sembrando Parques, entre otros, una imagen objetivo al 2035 de la zonificación primaria se ilustra en el mapa 2, con un incremento de 15,659 hectáreas a la zona de conservación.
La finalidad de esta propuesta de zonificación primaria es reconocer que existen espacios urbanos que necesitan ser reacondicionados y reconocidos con ejes conectores del sistema verde de todo el conjunto del territorio, con miras a convertir parte del suelo urbano en suelo que cumpla funciones ambientales, más allá de la función social prevista en el presente Programa. Para lograrlo, es necesario modificar Normas y Leyes en la materia, que permitan la existencia de una clase de suelo de conservación dentro del espacio urbano, y que sea compatible con los actuales usos.